Seguro Indemnización Accidentes Construccion

Los socios de Proalso pueden igualmente contratar el seguro de indemnización de accidentes del sector de la construcción. Los empresarios individuales y empresas del sector de la construcción que tengan trabajadores contratados, están obligadas según el artículo 71 del Convenio General del Sector de la Construcción, a suscribir una póliza de seguro que permita a cada trabajador causar derecho a las indemnizaciones por accidentes y enfermedades profesionales en las cuantías que se detallan en la tabla anexa junto con la prima por trabajador.

Además, el acuerdo de colaboración incluye una línea telefónica específica, a través del 902 24 30 17, para solicitar una póliza o realizar gestiones e incidencias específicas de las pólizas del colectivo de asociados de Proalso. Para los socios que tengan contratado el seguro, también se podrán realizar de forma gratuita a través de la misma línea consultas para asesoramiento laboral, fiscal y jurídico.

Para cualquier duda o aclaración podéis poneros en contacto con Proalso en el 964261072 o en info@proalso.es.

GARANTÍAS Y CAPITALES ASEGURADOS. CONVENIO 2012

ASEGURADOS TODOS LOS TRABAJADORES INCLUIDOS EN EL TC2 EMPRESAS CONSTRUCCION

Contingencia

Cuantía

Fallecimiento por accidente no laboral o enfermedad común.

1.800 €

Fallecimiento por accidente laboral o enfermedad profesional.

48.000 €

Incapacidad permanente total por accidente laboral o enfermedad profesional

29.000 €

Incapacidad permanente absoluta o gran invalidez por acciden. laboral, enfermedad profesional

48.000 €

TOTAL PRIMA ANUAL POR TRABAJADOR

55 €